¿Es
posible el Divorcio sin pasar por los tribunales?
España
es uno de los países de la UE con una legislación más
abierta en materia de divorcios y separaciones matrimoniales. Pero
aún se podía haber avanzado más creando la
figura del Divorcio Extrajurisdiccional.
En
el seno de la APDS se debate desde hace algún tiempo sobre la
necesidad de implantar en nuestro Sistema un tipo de Divorcio que
hemos bautizado como “Divorcio Extrajurisdiccional” o
“Divorcio Administrativo” Este tipo de Divorcio se
tramitaría ante el Registro Civil de la localidad
donde
figure inscrito el matrimonio y la disolución sería
decretada por el Juez-Encargado del Registro Civil. Sería por
lo tanto una resolución administrativa. De ahí que
también podríamos denominar a este tipo de Divorcio
como Divorcio Administrativo. Se llevaría el Divorcio y la
Separación matrimonial del ámbito jurisdiccional, en el
que necesariamente intervienen un Juez de 1ª Instancia o
Familia, abogados, procuradores y fiscal, al ámbito
administrativo, en el que intervendrían el Juez-Encargado del
Registro, los 2 cónyuges y eventualmente el fiscal. Se
aplicaría en los casos de Divorcio de mutuo acuerdo. Cuando
existiesen hijos menores necesariamente tendría que informar
favorablemente el Mº Fiscal; de no informarse favorablemente se
derivaría el Divorcio al Juzgado de 1ª Instancia o
Familia para su tramitación por el procedimiento actualmente
establecido.
El
debate sobre la aplicación del Divorcio Extrajurisdiccional o
Divorcio Administrativo en nuestro país es prácticamente
inexistente. En la APDS se ha encargado a varios asesores jurídicos
la redacción de borradores sobre el régimen jurídico
del Divorcio Extrajurisdiccional. La cuestión es compleja
porque una propuesta en ese sentido afectaría a varias Leyes
Orgánicas.
Seguimos
con atención iniciativas legislativas de otros Estados, como
la presentada por el Grupo Parlamentario de Acción Nacional en
el Congreso local de Coahuila ( México).
La
APDS en Asamblea de 24/11/2006 ha tomado el Acuerdo de: “Una
vez consensuado un texto sobre el régimen jurídico del
Divorcio Extrajurisdiccional y sometido a la aprobación de la
Asamblea de la Asociación, se remitirá a todos los
Grupos Parlamentarios del Parlamento Español con el fin de que
por aquel grupo o grupos interesados se inicie su tramitación
parlamentaria”. Se trata de abrir el debate sobre la
conveniencia de introducir este tipo de divorcio en nuestro Sistema.
(24/11/2006)
En
Perú está Casi listo el proyecto de divorcio sin
trámites judiciales ( 03/12/2007)
El
martes 04/12/2007 estará listo el nuevo dictamen consensuado
para su debate y votación en la Comisión de Justicia
del Congreso del Perú, y que plantea que el divorcio por mutuo
acuerdo ya no pase por el Poder Judicial, sino que sea resuelto por
un proceso administrativo ante las municipalidades. Así lo
hizo público la integrante de ese grupo de trabajo, Rosario
Sasieta (AP), quien explicó que dicho dictamen recogerá
los aportes de los dos proyectos de ley presentados: el suyo y el del
Ejecutivo.
“Esta
propuesta busca disminuir la inmensa carga procesal del Poder
Judicial que cuenta con tres millones y medio de expedientes para
resolver”, manifestó Sasieta.
Sasieta
agregó que de esta manera se desjudicializará el
divorcio por mutuo consentimiento, agilizando los trámites.
“Si los municipios pueden realizar el matrimonio, también
lo podrían disolver”, puntualizó.
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